jueves, 16 de julio de 2015

Acipa se queja de la no inclusión de ningún miembro de la oposición en Juntas de Gobierno

Desde acipa creemos que la Alcaldesa se equivoca profundamente al no incluir a ningún miembro de la oposición en la Junta de Gobierno. Son muchos los contratos que se aprueban a  través de esta vía y consideramos una falta total de transparencia que no exista control por parte de la oposición en dicho Órgano.


Por esta Alcaldía-Presidencia, se han dictado con fecha 18 de junio de 2015 los siguientes decretos:

Decreto: Organización municipal. Constitución de la Junta de Gobierno.
Asunto: designando los concejales que formarán parte de la Junta de Gobierno Local de este municipio.
Constituida la nueva Corporación Municipal el día 13 de junio del presente año, procede impulsar la nueva organización municipal, en primer lugar, mediante la constitución de la Junta de Gobierno Local prevista en el artículo 20.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.  

Primero.— La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Aranjuez estará integrada por los señores concejales:

— Don David Estrada Ballesteros.
— Don Carlos Róspide Pérez.
— Doña María Elena Lara Andújar.
— Doña Montserrat Concepción García Montalvo.
— Don Óscar Blanco Hortet.
— Doña Lucía Megía Martínez.

Segundo.— El régimen de sesiones de la Junta de Gobierno Local será el siguiente:
— Sesiones ordinarias los miércoles de cada semana, a las nueve horas. En caso de coincidir en día inhábil, pasará a celebrarse el día siguiente hábil, a la misma hora. 

Tercero.— Del presente decreto se dará cuenta al Pleno municipal y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y se notificará a los miembros de la Corporación, sin perjuicio de su entrada en vigor el día de su firma. 

Decreto: Nombramiento de Tenientes de Alcalde.
Asunto: designando al primer y al segundo teniente de alcalde.
Constituida la nueva Corporación Municipal el día 13 de junio del presente año, y habiéndose designado los miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local. en relación con los nombramientos de los tenientes de alcalde de este Ayuntamiento, por medio del presente, resuelvo:

Primero.—Los tenientes de alcalde del Ayuntamiento de Aranjuez, que asumirán las funciones de la Alcaldía-Presidencia en los casos de ausencia, enfermedad, impedimento o vacante, serán los señores concejales, miembros de la Junta de Gobierno, siguientes:

— Primer teniente de alcalde, don David Estrada Ballesteros.
— Segundo teniente de alcalde, don Carlos Róspide Pérez.

 Segundo.— Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno municipal y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y se notificará a los interesados y a los miembros de la Corporación, entrando en vigor el día de su firma.

Decreto: Organización municipal. Delegaciones de la Alcaldía-Presidencia. 
Asunto: delegando de forma genérica competencias de la Alcaldía en materia de Gobernanza, Hacienda y Régimen Interior.

 Primero.— Delegar de forma genérica, en el teniente de alcalde don Carlos Róspide Pérez, las competencias de Gobernanza, Hacienda y Régimen Interior, que comprenden las siguientes funciones:
— Presupuestos, Contratación, Recursos Humanos, Atención al Ciudadano, Estadística,
Modernización de la Administración, Seguridad Ciudadana y Transparencia.

Segundo.— Las competencias encomendadas comprenderán la dirección y gestión de las áreas de actividad municipal, conforme al carácter genérico de la delegación realizaday en los términos establecidos en el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, pudiendo resolver actos administrativos que afecten a terceros.

Las funciones delegadas serán llevadas a cabo bajo la consideración de que la Alcaldía- Presidencia podrá ejercerlas en cualquier momento, sin que ello suponga la avocación de las mismas.

Tercero.— Del presente decreto se dará cuenta al Pleno municipal y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y se notificará a los interesados y a los miembros de la Corporación, entrando en vigor el día de su firma. 

Decreto: Organización municipal. Delegaciones de la Alcaldía-Presidencia.

Asunto: delegando de forma genérica competencias de la Alcaldía en materia de Territorio y Servicios a la Ciudad.

Primero.— Delegar de forma genérica, en el teniente de alcalde don David Estrada Ballesteros, las
competencias de Territorio y Servicios a la Ciudad, que comprenden las siguientes funciones:

— Urbanismo, Arquitectura, Infraestructuras, Vivienda, Patrimonio Municipal, Patrimonio Histórico, Consumo, Asuntos Jurídicos y Fiestas.

Segundo.— Las competencias encomendadas comprenderán la dirección y gestión de las áreas de actividad municipal, conforme al carácter genérico de la delegación realizada y en los términos establecidos en el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de 

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en todo caso, pudiendo resolver actos administrativos que afecten a terceros.

Las funciones delegadas serán llevadas a cabo bajo la consideración de que la Alcaldía- Presidencia podrá ejercerlas en cualquier momento, sin que ello suponga la avocación de las mismas.

Tercero.— Del presente decreto se dará cuenta al Pleno municipal y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y se notificará a los interesados y a los miembros de la Corporación, entrando en vigor el día de su firma.

 Decreto: Organización municipal. Delegaciones de la Alcaldía-Presidencia.
Asunto: delegando de forma genérica competencias de la Alcaldía en materia de Portavocía, Formación, Empleo e Innovación.
                                                                                                                                   

Primero.— Delegar de forma genérica, en el teniente de alcalde don Óscar Blanco Hortet, las competencias de Portavocía, Formación, Empleo e Innovación, que comprenden las siguientes funciones:
— Fomento del Empleo, Formación, Empresa, Comercio, Agricultura, Innovación e I + D y Deportes.

Segundo.— Las competencias encomendadas comprenderán la dirección y gestión de las áreas de actividad municipal, conforme al carácter genérico de la delegación realizada y en los términos establecidos en el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, pudiendo resolver actos administrativos que afecten a terceros.

Las funciones delegadas serán llevadas a cabo bajo la consideración de que la Alcaldía- Presidencia podrá ejercerlas en cualquier momento, sin que ello suponga la avocación de las mismas.

Tercero.— Del presente decreto se dará cuenta al Pleno municipal y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y se notificará a los interesados y a los miembros de la Corporación, entrando en vigor el día de su firma.

Decreto: Organización municipal. Delegaciones de la Alcaldía-Presidencia.
Asunto: delegando de forma genérica competencias de la Alcaldía en materia de Obras, Servicios y Medio Ambiente.

Primero.— Delegar de forma genérica, en la concejal doña María Elena Lara Andújar, las competencias de Obras, Servicios y Medio Ambiente, que comprenden las siguientes funciones:

— Obras Municipales, Servicios, Parques y Jardines, Limpieza Viaria, Medio Ambiente, Movilidad, 
Transportes y Turismo.

Segundo.— Las competencias encomendadas comprenderán la dirección y gestión de la actividad municipal descrita, conforme al carácter genérico de la delegación realizada y en los términos establecidos en el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, pudiendo resolver actos administrativos que afecten a terceros.

Las funciones delegadas serán llevadas a cabo bajo la consideración de que la Alcaldía- Presidencia podrá ejercerlas en cualquier momento, sin que ello suponga la avocación de las mismas.

Tercero.— Del presente decreto se dará cuenta al Pleno municipal y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y se notificará a los interesados y a los miembros de la Corporación, entrando en vigor el día de su firma. 

Decreto: Organización municipal. Delegaciones de la Alcaldía-Presidencia.
Asunto: delegando de forma genérica competencias de la Alcaldía en materia de Servicios a las Personas.

Primero.— Delegar de forma genérica, en la concejal doña Montserrat Concepción García Montalvo, las competencias de Servicios a las Personas, que comprenden las siguientes funciones:

— Bienestar Social, Igualdad, Mayores, Infancia y Adolescencia, Acogida y Solidaridad. 

Segundo.— Las competencias encomendadas comprenderán la dirección y gestión de las áreas de actividad municipal, conforme al carácter genérico de la delegación realizada y en los términos establecidos en el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, pudiendo resolver actos administrativos que afecten a terceros.

Las funciones delegadas serán llevadas a cabo bajo la consideración de que la Alcaldía- Presidencia podrá ejercerlas en cualquier momento, sin que ello suponga la avocación de las mismas.
                                                                                                                                    
Tercero.— Del presente decreto se dará cuenta al Pleno municipal y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL 

DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y se notificará a los interesados y a los miembros de la Corporación, entrando en vigor el día de su firma. 

Decreto: Organización municipal. Delegaciones de la Alcaldía-Presidencia.

Asunto: delegando de forma genérica competencias de la Alcaldía en materia de Cultura y Participación Ciudadana.

Primero.— Delegar de forma genérica, en la concejal doña Lucía Megía Martínez, las competencias de Cultura y Participación Ciudadana, que comprenden las siguientes funciones:

— Cultura, Educación, Universidad, Salud Pública, Protocolo, Relaciones Institucionales y Participación Ciudadana.

Segundo.— Las competencias encomendadas comprenderán la dirección y gestión de la actividad municipal descrita, conforme al carácter genérico de la delegación realizada y en los términos establecidos en el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, pudiendo resolver actos administrativos que afecten a terceros.

Las funciones delegadas serán llevadas a cabo bajo la consideración de que la Alcaldía- Presidencia podrá ejercerlas en cualquier momento, sin que ello suponga la avocación de las mismas.

Tercero.— Del presente decreto se dará cuenta al Pleno municipal y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y se notificará a los interesados y a los miembros de la Corporación, entrando en vigor el día de su firma.

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